En la
actualidad existe entre la empresa CELEPSA y la Comunidad Campesina de
Picamarán, un conflicto social relacionado a la propiedad de sus tierras
comunales.
La empresa
CELEPSA en tierras comunales de propiedad de la Comunidad Campesina de
Picamarán, en el predio denominado Cerro Airayá, construyó un túnel de
Aducción, columna vertebral del proyecto, también construyó la Casa de Máquinas
y Chimenea, para el funcionamiento de una Hidroeléctrica.
Respecto al
caso en todo momento la empresa CELEPSA pone una serie de pretextos, no
reconocen el predio Cerro Airayá como propiedad de la Comunidad Campesina de Picamarán,
que cuenta con la documentación respectiva para demostrar la propiedad de sus
tierras comunales, cuya herencia proviene desde época milenaria, siendo fundado
como pueblo en el año 1586.
Por la
construcción de dicha Hidroeléctrica El Platanal, ha surgido un conflicto de
límites de tierras entre la Comunidad Campesina de Picamarán y Comunidad
Campesina de Capillucas, que en la actualidad se ventila en la vía judicial.
Con relación
al Permiso y Licencia de Construcción de la Hidroeléctrica El Platanal, no lo
gestionaron ante el Distrito de Allauca, en cuya jurisdicción se ubica el
Predio Airayá, siendo de propiedad de la Comunidad Campesina de Picamarán, sino
que fueron tramitados ante el Distrito de Zuñiga-Cañete, cuya autoridad edil le
otorgaron el Permiso y Licencia para la construcción de dicha Hidroeléctrica.
Por tal motivo existe un conflicto relacionado a la Demarcación Territorial
entre los Distritos de Allauca-Yauyos y Distrito de Zuñiga-Cañete, cuyo litigio
se ventila en la sede de la Región Lima.
En
conclusión en nuestro país no se respeta a las Comunidades Campesinas, donde
esta la Consulta previa y la Ley que
ampara a las Comunidades Campesinas sobre la propiedad de sus tierras. Esta
comprobado que la empresa CELEPSA, en complicidad de autoridades del Distrito
de Zuñiga y dirigentes de la Comunidad Campesina de Capillucas, se han
confabulado entre si para beneficiarse de unas pequeñas regalías que le otorga
Celepsa.
El presente
caso deberá tomar en cuenta FREUDERPROY, durante su Convención que se llevará a
cabo el 22 de Setiembre del 2013 en la localidad de Catahuasi.
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